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Municipalidad de Santa Fe - Pliego Base |
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PLIEGO GENERAL INDICE DEL PLIEGO GENERAL 1.- CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES 2.- CAPITULO II: REQUISITOS Y FORMAS DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS 3.- CAPITULO III: GARANTIAS 4.- CAPITULO IV: ACTO DE APERTURA 5.- CAPITULO V: OFERTAS 6.- CAPITULO VI: ADJUDICACION 7.- CAPITULO VII: ENTREGA Y RECEPCION 8.- CAPITULO VIII: FORMAS DE CERTIFICACION Y PAGO 9.- CAPITULO IX: SANCIONES AL ADJUDICATARIO PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONTRATOS DE SUMINISTRO 1.- CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º - El presente pliego de bases y condiciones generales, será de aplicación para contrataciones por suministro de bienes y prestación de servicios. Art. 2º - DENOMINACIONES - SIGNIFICADO: A los efectos de la aplicación del Pliego y de todo otro documento contractual, se emplearan las siguientes denominaciones: 2.1. MUNICIPALIDAD: Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz. 2.2. LLAMADO:
Convocatoria a la Licitación Pública ocenter>
Municipalidad de
Santa Fe - Pliego Base PLIEGO GENERAL INDICE DEL
PLIEGO GENERAL 1.- CAPITULO
I: DISPOSICIONES GENERALES 2.- CAPITULO
II: REQUISITOS Y FORMAS DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS 3.- CAPITULO
III: GARANTIAS 4.- CAPITULO
IV: ACTO DE APERTURA 2.3. PROPONENTE:
Persona física o jurídica que hace ofertas en las licitaciones
con vista a efectuar la provisión de bienes o prestación de
servicios. 2.4.
ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga la
provisión de bienes o de servicios. 2.5. OFERTA:
Conjunto de documentos, requisitos y propuestas presentados por
el proponente. 2.6. PROPUESTAS:
Presupuesto o precio y condiciones de los artículos o
prestaciones de servicios ofrecidos. 2.7. D.N.P.:
Dirección Nacional del Programa 2.8. B.I.D.:
Banco Interamericano de Desarrollo 2.9. CO-
EJECUTOR: Secretaría de Desarrollo Social de la Nación 2.10.SUB -
EJECUTOR: Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz 2.11.BIENES:
Cuando en el pliego se menciona la palabra "bienes"
debe interpretarse con los alcances de "cosas" y
"bienes" conforme a los artículos 2311 y 2312, primera
parte, del Código Civil. 2.12.INSUMOS:
Debe interpretarse, en forma genérica, como el conjunto de
bienes y servicios relacionados con el suministro requerido, y la
orden de provisión o el contrato. Art. 3º -
CONOCIMIENTO Y COSTO DEL PLIEGO: La PRESENTACION DE UNA OFERTA,
significa que quien la realiza tiene conocimiento exacto del
alcance de las disposiciones contenidas en el presente Pliego y
las acepta de conformidad, no pudiendo alegar en ningún caso
desconocimiento de las normas legales reglamentarias inherentes
al llamado, o las que rijan el contrato que de ella derive. Los interesados
podrán adquirir el Pliego y demás documentación complementaria
(cuando la hubiere), dentro del horario de atención al público,
en la oficina de la Dirección de Compras, ubicada en el primer
piso del Palacio Municipal, pagando el importe que se fije en el
respectivo llamado en las cajas municipales ubicadas en la planta
baja, importe que no será restituido al adquirente, aun en el
caso que el llamado quedare sin efecto. Quien abonare con cheque,
deberá hacerlo a nombre de: Municipalidad de la ciudad de Santa
Fe y los fondos serán certificados por el Banco respectivo. Art. 4º - PEDIDO
DE ACLARACIONES Y ACLARACIONES DE OFICIO ; Los interesados
podrán efectuar pedidos de aclaraciones u observaciones a la
documentación de base, las que deberán ser por escrito,
debidamente fundadas y presentadas con una antelación de SETENTA
Y DOS ( 72 ) HORAS antes del plazo fijado para la recepción de
las ofertas antes de la apertura. Asimismo la
Dirección de Compras podrá, toda vez que lo considere necesario
o conveniente, emitir aclaraciones de oficio, sin que medie
solicitud de los interesados. En estos casos también regirá la
antelación de las SETENTA Y DOS (72) horas antes del plazo
fijado para la recepción de las ofertas. Estas aclaraciones
también serán notificadas por escrito a todos los adquirentes
de las bases. Si las respuestas
a las aclaraciones de oficio implican modificaciones importantes
a algunos de los términos de la licitación, el organismo
responsable->
determinará una extensión razonable del plazo para
la presentación de las ofertas para que dichas modificaciones
puedan ser contempladas. Esta extensión del plazo, se
notificará a los adquirentes conjuntamente con las respuestas o
con las aclaraciones de oficio, según sea el cas licitaciones
con vista a efectuar la provisión de bienes o prestación de
servicios. 2.4.
ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga la
provisión de bienes o de servicios. 2.5. OFERTA:
Conjunto de documentos, requisitos y propuestas presentados por
el proponente. 2.6. PROPUESTAS:
Presupuesto o precio y condiciones de los artículos o
prestaciones de servicios ofrecidos. 2.7. D.N.P.:
Dirección Nacional del Programa 2.8. B.I.D.:
Banco Interamericano de Desarrollo 2.9. CO-
EJECUTOR: Secretaría de Desarrollo Social de la Nación 2.10.SUB -
EJECUTOR: Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz 2.11.BIENES:
Cuando en el pliego se menciona la palabra "bienes"
debe interpretarse con los alcances de "cosas" y
"bienes" conforme a los artículos 2311 y 2312, primera
parte, del Código Civil. 2.12.INSUMOS:
Debe interpretarse, en forma genérica, como el conjunto de
bienes y servicios relacionados con el suministro requerido, y la
orden de provisión o el contrato. Art. 3º -
CONOCIMIENTO Y COSTO DEL PLIEGO: La PRESENTACION DE UNA OFERTA,
significa que quien la realiza tiene conocimiento exacto del
alcance de las disposiciones contenidas en el presente Pliego y
las acepta de conformidad, no pudiendo alegar en ningún caso
desconocimiento de las normas legales reglamentarias inherentes
al llamado, o las que rijan el contrato que de ella derive. Los interesados
podrán adquirir el Pliego y demás documentación complementaria
(cuando la hubiere), dentro del horario de atención al público,
en la oficina de la Dirección de Compras, ubicada en el primer
piso del Palacio Municipal, pagando el importe que se fije en el
respectivo llamado en las cajas municipales ubicadas en la planta
baja, importe que no será restituido al adquirente, aun en el
caso que el llamado quedare sin efecto. Quien abonare con cheque,
deberá hacerlo a nombre de: Municipalidad de la ciudad de Santa
Fe y los fondos serán certificados por el Banco respectivo. Art. 4º - PEDIDO
DE ACLARACIONES Y ACLARACIONES DE OFICIO ; Los interesados
podrán efectuar pedidos de aclaraciones u observaciones a la
documentación de base, las que deberán ser por escrito,
debidamente fundadas y presentadas con una antelación de SETENTA
Y DOS ( 72 ) HORAS antes del plazo fijado para la recepción de
las ofertas antes de la apertura. Asimismo la
Dirección de Compras podrá, toda vez que lo considere necesario
o conveniente, emitir aclaraciones de oficio, sin que medie
solicitud de los interesados. En estos casos también regirá la
antelación de las SETENTA Y DOS (72) horas antes del plazo
fijado para la recepción de las ofertas. Estas aclaraciones
también serán notificadas por escrito a todos los adquirentes
de las bases. Si las respuestas
a las aclaraciones de oficio implican modificaciones importantes
a algunos de los términos de la licitación, el organismo
responsable->
o. Art. 5º -
INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS: Los precios correspondientes a la
adjudicación serán invariables, cualquiera fuere la causal que
modifique la economía del contrato. Sólo se admitirá reajuste
de precios cuando exista autorización expresa del Departamento
Ejecutivo Municipal y de la Dirección Nacional del Programa. Art. 6º -
PLAZOS: Todos los plazos establecidos en las ofertas presentadas
se computarán en días u horas hábiles administrativas de la
Municipalidad, salvo que expresamente se establezca lo contrario.
Art. 7º -
TRIBUNALES: Las cuestiones del presente llamado, serán sometidas
en todos los casos a la jurisdicción de los Tribunales
competentes de la ciudad de Santa Fe, con exclusión de todo otro
fuero, incluso el Federal que pudiera corresponder. Art. 8º - LEY
2756: En cumplimiento de la ley Nº 2756 Orgánica de las
Municipalidades -Art.18-, forma parte del presente Pliego la
siguiente cláusula, "CUANDO LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE SANTA FE FUERA CONDENADA AL PAGO DE UNA DEUDA CUALQUIERA, LA
CORPORACION ARBITRARA DENTRO DEL TERMINO DE SEIS (6) MESES
SIGUIENTES A LA NOTIFICACION DE LA SENTENCIA RESPECTIVA, LA FORMA
DE VERIFICAR EL PAGO". 2.12.INSUMOS:
Debe interpretarse, en forma genérica, como el conjunto de
bienes y servicios relacionados con el suministro requerido, y la
orden de provisión o el contrato. Art. 3º -
CONOCIMIENTO Y COSTO DEL PLIEGO: La PRESENTACION DE UNA OFERTA,
significa que quien la realiza tiene conocimiento exacto del
alcance de las disposiciones contenidas en el presente Pliego y
las acepta de conformidad, no pudiendo alegar en ningún caso
desconocimiento de las normas legales reglamentarias inherentes
al llamado, o las que rijan el contrato que de ella derive. Los interesados
podrán adquirir el Pliego y demás documentación complementaria
(cuando la hubiere), dentro del horario de atención al público,
en la oficina de la Dirección de Compras, ubicada en el primer
piso del Palacio Municipal, pagando el importe que se fije en el
respectivo llamado en las cajas municipales ubicadas en la planta
baja, importe que no será restituido al adquirente, aun en el
caso que el llamado quedare sin efecto. Quien abonare con cheque,
deberá hacerlo a nombre de: Municipalidad de la ciudad de Santa
Fe y los fondos serán certificados por el Banco respectivo. Art. 4º - PEDIDO
DE ACLARACIONES Y ACLARACIONES DE OFICIO ; Los interesados
podrán efectuar pedidos de aclaraciones u observaciones a la
documentación de base, las que deberán ser por escrito,
debidamente fundadas y presentadas con una antelación de SETENTA
Y DOS ( 72 ) HORAS antes del plazo fijado para la recepción de
las ofertas antes de la apertura. Asimismo la
Dirección de Compras podrá, toda vez que lo considere necesario
o conveniente, emitir aclaraciones de oficio, sin que medie
solicitud de los interesados. En estos casos también regirá la
antelación de las SETENTA Y DOS (72) horas antes del plazo
fijado para la recepción de las ofertas. Estas aclaraciones
también serán notificadas por escrito a todos los adquirentes
de las bases. Si las respuestas
a las aclaraciones de oficio implican modificaciones importantes
a algunos de los términos de la licitación, el organismo
responsable->
nt> 2.- CAPITULO
II - REQUISITOS Y FORMAS DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Art. 9º -
CONDICIONES Y/O REQUISITOS DEL OFERENTE: PROPONENTES a) Admisión:
Serán admitidas como Proponentes todas las empresas proveedoras
de países miembros elegibles del B.I.D., que estén inscriptas
en Registros de Proveedores y/o Constructores de Obras públicas,
tanto del orden Nacional, Provincial y/o Municipal. Asimismo
serán admitidas las empresas que tengan, al momento de la
presentación de las ofertas, en procesos de trámite su
inscripción en algunos de los Registros existentes, tanto de
orden Nacional, Provincial y/o Municipal. La presentación
implica una solicitud tácita de inscripción en el Registro de
Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y los
formularios pertinentes les serán entregados en el mismo Acto de
Apertura. Si un oferente no inscripto resulta adjudicatario, la
Municipalidad no dará curso al trámite para liquidación y pago
hasta tanto no sea cumplimentada su inscripción. No podrán
intervenir: a) Los que
hubieren sido condenados por delito cometido en perjuicio o
contra la Administración Pública. b) Los fallidos o
concursados, hasta que obtuvieren su rehabilitación. c) Las empresas
en las cuales tuvieren participación funcionarios y/o empleados
municipales. Idéntica prohibición rige en el caso de personas
físicas en igual situación. d) Los que
estuvieren suspendidos en el Registro de Proveedores de la
Municipalidad de la ciudad de Santa Fe. La presentación
de la oferta tiene carácter de "declaración jurada"
del proponente, de no encontrarse comprendido en las
inhabilitaciones que se mencionan. La falsedad u ocultación de
inhabilidades, será causal de su rechazo. Art. 10º - LUGAR
Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser
presentadas conforme al detalle que consigna el punto 1 del
Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares "COMPUTO Y
PRESUPUESTO OFICIAL", en la Dirección de Compras de la
Municipalidad, ubicada en el 1º piso del Palacio Municipal, sito
en calle Salta 2951, hasta el día y hora de la apertura que se
indica en el apartado " DATOS GENERALES " que forma
parte de la presente documentación. Si este día resultare
feriado o inhábil, dicha apertura se realizará el primer día
hábil posterior a la misma hora. Todo sobre que ingrese vencido
el plazo establecido quedará automáticamente excluido. Art. 11º - FORMA
DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: La oferta deberá ser presentada
en dos (2) sobres numerados, identificándolos con el Nº 1 que
contendrá la DOCUMENTACION GENERAL, y el Nº 2 la PROPUESTA; en
los mismos se indicará el nombre o razón social del proponente
y éstos serán colocados, cerrados, en un tercer sobre cerrado y
lacrado en el que se transcribirán solamente los datos de la
licitación. En el sobre Nº
1: DOCUMENTACION GENERAL, serán colocados: I) Comprobante de
adquisición del Pliego de Condiciones Generales. II) Comprobante
de constitución de la garantía de oferta. III) El
formulario de retenciones por impuestos (Nacio->
nales, Provinciales
y Municipales), debidamente cumplimentado, que se adjunta a este
Pliego. IV) Constitución
de domicilio especial en la ciudad de Santa Fe. V) Documentación
que acredite la representación invocada por el firmante de la
propuesta, que consistirá en: V.I.) SI SE TRATA
DE PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE: a) Si la
propuesta está firmada por la misma, no acompañará ninguna
documentación. Deberá aclarar nombre, apellido, número de
documento y domicilio real. b) Si la
propuesta está firmada por mandatario, acompañará copia del
poder especial o general de administración debidamente
certificado por Escribano Público o Autoridad Judicial. V.II.) SI SE
TRATA DE PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL O JURIDICA: a) Si la
propuesta está firmada por representante legal, acompañará
copia del contrato social inscripto en el Registro Público de
Comercio y la documentación que acredite que el mismo está
facultado para contratar en nombre de la persona jurídica, salvo
que ello surja del contrato social, debidamente certificado. b) Tratándose de
una sociedad de hecho, se presentará: Declaración jurada,
mencionando sus integrantes, firmada por los mismos y
autorización escrita a favor del socio que ejercerá la
representatuvieren participación funcionarios y/o empleados
municipales. Idéntica prohibición rige en el caso de personas
físicas en igual situación. d) Los que
estuvieren suspendidos en el Registro de Proveedores de la
Municipalidad de la ciudad de Santa Fe. La presentación
de la oferta tiene carácter de "declaración jurada"
del proponente, de no encontrarse comprendido en las
inhabilitaciones que se mencionan. La falsedad u ocultación de
inhabilidades, será causal de su rechazo. Art. 10º - LUGAR
Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser
presentadas conforme al detalle que consigna el punto 1 del
Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares "COMPUTO Y
PRESUPUESTO OFICIAL", en la Dirección de Compras de la
Municipalidad, ubicada en el 1º piso del Palacio Municipal, sito
en calle Salta 2951, hasta el día y hora de la apertura que se
indica en el apartado " DATOS GENERALES " que forma
parte de la presente documentación. Si este día resultare
feriado o inhábil, dicha apertura se realizará el primer día
hábil posterior a la misma hora. Todo sobre que ingrese vencido
el plazo establecido quedará automáticamente excluido. Art. 11º - FORMA
DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: La oferta deberá ser presentada
en dos (2) sobres numerados, identificándolos con el Nº 1 que
contendrá la DOCUMENTACION GENERAL, y el Nº 2 la PROPUESTA; en
los mismos se indicará el nombre o razón social del proponente
y éstos serán colocados, cerrados, en un tercer sobre cerrado y
lacrado en el que se transcribirán solamente los datos de la
licitación. En el sobre Nº
1: DOCUMENTACION GENERAL, serán colocados: I) Comprobante de
adquisición del Pliego de Condiciones Generales. II) Comprobante
de constitución de la garantía de oferta. III) El
formulario de retenciones por impuestos (Nacio->
ción ante la Municipalidad en este llamado. En el sobre Nº
2: PROPUESTA, se colocará la oferta por duplicado firmada en
todas las hojas (original y duplicado). Podrá cotizar,
directamente en las hojas, que se adjuntan al Pliego o hacerlo en
hojas aparte. La falta de firma en alguna o todas las hojas y/o
el faltante del duplicado y/o todo otro elemento formal que no
altere su escencia, podrá subsanarse a requerimiento de la
Municipalidad. Deberá ser redactada en idioma nacional,
consignando amplios detalles de lo que se cotice, indicando
marca, detalles de construcción, funcionamiento, garantías de
uso, etc., y todo otro elemento de juicio que sirva para el
posterior estudio de adjudicación, pudiendo la Municipalidad
requerir las aclaraciones que considere necesarias. El proponente,
además, dejará expresa constancia del tipo y plazo de garantía
de los bienes o servicios, a suministrar, dado que, si resultare
adjudicatario esta garantía y demás detalles serán
transcriptos en la respectiva Orden de Provisión o contrato. Su
omisión podrá ser subsanada a requerimiento de la Municipalidad
por intermedio de la Dirección de Compras. En el caso que se
requieran muestras o que el proponente las presente por sí
mismo, deberán entregarse antes ebidamente certificado. b) Tratándose de
una sociedad de hecho, se presentará: Declaración jurada,
mencionando sus integrantes, firmada por los mismos y
autorización escrita a favor del socio que ejercerá la
representatuvieren participación funcionarios y/o empleados
municipales. Idéntica prohibición rige en el caso de personas
físicas en igual situación. d) Los que
estuvieren suspendidos en el Registro de Proveedores de la
Municipalidad de la ciudad de Santa Fe. La presentación
de la oferta tiene carácter de "declaración jurada"
del proponente, de no encontrarse comprendido en las
inhabilitaciones que se mencionan. La falsedad u ocultación de
inhabilidades, será causal de su rechazo. Art. 10º - LUGAR
Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser
presentadas conforme al detalle que consigna el punto 1 del
Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares "COMPUTO Y
PRESUPUESTO OFICIAL", en la Dirección de Compras de la
Municipalidad, ubicada en el 1º piso del Palacio Municipal, sito
en calle Salta 2951, hasta el día y hora de la apertura que se
indica en el apartado " DATOS GENERALES " que forma
parte de la presente documentación. Si este día resultare
feriado o inhábil, dicha apertura se realizará el primer día
hábil posterior a la misma hora. Todo sobre que ingrese vencido
el plazo establecido quedará automáticamente excluido. Art. 11º - FORMA
DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: La oferta deberá ser presentada
en dos (2) sobres numerados, identificándolos con el Nº 1 que
contendrá la DOCUMENTACION GENERAL, y el Nº 2 la PROPUESTA; en
los mismos se indicará el nombre o razón social del proponente
y éstos serán colocados, cerrados, en un tercer sobre cerrado y
lacrado en el que se transcribirán solamente los datos de la
licitación. En el sobre Nº
1: DOCUMENTACION GENERAL, serán colocados: I) Comprobante de
adquisición del Pliego de Condiciones Generales. II) Comprobante
de constitución de la garantía de oferta. III) El
formulario de retenciones por impuestos (Nacio->
de la apertura y debidamente
rotuladas. Las muestras podrán ser sometidas a los análisis y
experiencias que se estimen necesarios, sin que el propietario de
las mismas tenga derecho a reclamo alguno por deterioro o
destrucción. Las muestras que
correspondan a ofertas no adjudicadas quedarán a disposición de
los proponentes para su retiro, hasta diez (10) días hábiles,
después de resuelta la adjudicación. Vencido este plazo, las
mismas pasarán a ser propiedad de la Municipalidad, sin
necesidad de notificación alguna y sin derecho a reclamo por
parte de aquéllos. Las muestras que
correspondan a las ofertas adjudicadas no serán devueltas, hasta
tanto la Municipalidad no emita la conformidad definitiva. No se
considerarán las propuestas que presenten correcciones,
enmiendas o raspaduras ni entrelíneas que no hubieren sido
debidamente salvadas al pie de la misma. En caso de
comprobarse errores operativos o numéricos, se considerarán
como válidos los precios UNITARIOS y los cálculos que se
obtengan de los análisis correspondientes tomando como base esos
valores. Todo proponente
queda, además, facultado para consignar Vebidamente certificado. b) Tratándose de
una sociedad de hecho, se presentará: Declaración jurada,
mencionando sus integrantes, firmada por los mismos y
autorización escrita a favor del socio que ejercerá la
representatuvieren participación funcionarios y/o empleados
municipales. Idéntica prohibición rige en el caso de personas
físicas en igual situación. d) Los que
estuvieren suspendidos en el Registro de Proveedores de la
Municipalidad de la ciudad de Santa Fe. La presentación
de la oferta tiene carácter de "declaración jurada"
del proponente, de no encontrarse comprendido en las
inhabilitaciones que se mencionan. La falsedad u ocultación de
inhabilidades, será causal de su rechazo. Art. 10º - LUGAR
Y FECHA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Las ofertas deberán ser
presentadas conforme al detalle que consigna el punto 1 del
Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares "COMPUTO Y
PRESUPUESTO OFICIAL", en la Dirección de Compras de la
Municipalidad, ubicada en el 1º piso del Palacio Municipal, sito
en calle Salta 2951, hasta el día y hora de la apertura que se
indica en el apartado " DATOS GENERALES " que forma
parte de la presente documentación. Si este día resultare
feriado o inhábil, dicha apertura se realizará el primer día
hábil posterior a la misma hora. Todo sobre que ingrese vencido
el plazo establecido quedará automáticamente excluido. Art. 11º - FORMA
DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: La oferta deberá ser presentada
en dos (2) sobres numerados, identificándolos con el Nº 1 que
contendrá la DOCUMENTACION GENERAL, y el Nº 2 la PROPUESTA; en
los mismos se indicará el nombre o razón social del proponente
y éstos serán colocados, cerrados, en un tercer sobre cerrado y
lacrado en el que se transcribirán solamente los datos de la
licitación. En el sobre Nº
1: DOCUMENTACION GENERAL, serán colocados: I) Comprobante de
adquisición del Pliego de Condiciones Generales. II) Comprobante
de constitución de la garantía de oferta. III) El
formulario de retenciones por impuestos (Nacio->
ARIANTES O
ALTERNATIVAS, siempre y cuando, realice su propuesta básica
según se le solicite cotizar, salvo expresa indicación en
contrario en Pliego de Condiciones Particulares y/o
Especificaciones Técnicas adjuntas al presente llamado. En caso
de resultar convenientes las alternativas o variantes, se
solicitará a todos los participantes (incluido el que las
propuso), a que realicen una cotización en base a las mismas,
fijándose día y hora de apertura de los sobres; en caso de
igualdad en las cotizaciones, tendrá preferencia para la
adjudicación el proponente que las realizó originalmente. Si el Pliego de
Especificaciones Técnicas Particulares estipula una marca o
similar equivalente o cualquier palabra que exprese lo mismo, el
oferente basará su cotización en la marca o tipo que figura en
el mencionado Pliego. Si prefiere ofrecer cualquier artículo o
material que crea equivalente, deberá expresarlo con claridad en
su propuesta y demostrar dichas equivalencia. 3.- CAPITULO
III - GARANTIAS Art. 12º -
CLASES Y MONTOS: Para afianzar el cumplimiento de todas sus
obligaciones, los proponentes y los adjudicatarios deberán
constituir las siguientes garantías: a) GARANTIA DE
OFERTA: El uno por ciento (1%) del valor de la oferta. En el caso
de cotizar con alternativas, este porcentaje se calculará sobre
el mayor valor propuesto. Su no
presentación constituirá el formal rechazo de la propuesta, no
se abrirá el sobre Nº2 y se procederá a la devolución de la
documentación al final del Acto. Cuando al hacer
el estudio formal de presentación de las propuestas, la
Comisión de Adjudicación, o el órgano competente observe que
se cometió un error en su monto o plazo, como cuestión de
previo y especial pronunciamiento, antes de analizar los otros
aspectos, se intimará al proponente a que lo subsane, en un
plazo perentorio de dos días hábiles administrativos, bajo
apercibimiento de tener por desistida la oferta. b) GARANTIA DE
CUMPLIMIENTO DE LA ADJUDICACION: El diez porciento (10%) del
valor total de la adjudicación. El adjudicatario,
dentro de los cinco (5) días hábiles a contar desde la fecha de
notificación de la adjudicación, deberá constituir esta
garantía; si así no lo hiciere, la Municipalidad podrá dejarla
sin efecto y proceder a seleccionar otro de los proponentes
según el Art. 19º o convocar a un nuevo llamado, sin perjuicio
de aplicar al remiso la sanción prevista en el CAPITULO IX -
SANCIONES AL ADJUDICATARIO ART. 32 DEL PRESENTE PLIEGO De esta
obligación será exceptuado el adjudicatario que se comprometa
por escrito, ante la Municipalidad, a modificar su plazo de
entrega propuesto por otro único total y máximo de tres (3)
días hábiles. Art. 13º -
FORMAS DE GARANTIA: Las garantías referidas en los incisos a) y
b) del Art.12º, deberán constituirse en las siguientes formas: 1.- Con dinero en
efectivo, depositado en el Departamento Pagos de la
Municipalidad. 2.- Con
depósito, efectuado en el Banco de Santa Fe S.A. - Cta. Nº
9590/03 - Valores de Terceros-, a la orden de la Municipalidad. 3.- Con cheque
común certificado, librado a la orden de la Municipalidad, que
será remitido a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad,
para ser depositado en forma inmediata en la cuenta me->
ncionada en
el punto 2. 4.- Con pagaré,
debidamente repuesto conforme al Código Fiscal y Ley Impositiva
Anual, a la orden de la Municipalidad, con todos los requisitos
exigidos por el Art.101 del DL Nº 5965/63, suscripnativas o variantes, se
solicitará a todos los participantes (incluido el que las
propuso), a que realicen una cotización en base a las mismas,
fijándose día y hora de apertura de los sobres; en caso de
igualdad en las cotizaciones, tendrá preferencia para la
adjudicación el proponente que las realizó originalmente. Si el Pliego de
Especificaciones Técnicas Particulares estipula una marca o
similar equivalente o cualquier palabra que exprese lo mismo, el
oferente basará su cotización en la marca o tipo que figura en
el mencionado Pliego. Si prefiere ofrecer cualquier artículo o
material que crea equivalente, deberá expresarlo con claridad en
su propuesta y demostrar dichas equivalencia. 3.- CAPITULO
III - GARANTIAS Art. 12º -
CLASES Y MONTOS: Para afianzar el cumplimiento de todas sus
obligaciones, los proponentes y los adjudicatarios deberán
constituir las siguientes garantías: a) GARANTIA DE
OFERTA: El uno por ciento (1%) del valor de la oferta. En el caso
de cotizar con alternativas, este porcentaje se calculará sobre
el mayor valor propuesto. Su no
presentación constituirá el formal rechazo de la propuesta, no
se abrirá el sobre Nº2 y se procederá a la devolución de la
documentación al final del Acto. Cuando al hacer
el estudio formal de presentación de las propuestas, la
Comisión de Adjudicación, o el órgano competente observe que
se cometió un error en su monto o plazo, como cuestión de
previo y especial pronunciamiento, antes de analizar los otros
aspectos, se intimará al proponente a que lo subsane, en un
plazo perentorio de dos días hábiles administrativos, bajo
apercibimiento de tener por desistida la oferta. b) GARANTIA DE
CUMPLIMIENTO DE LA ADJUDICACION: El diez porciento (10%) del
valor total de la adjudicación. El adjudicatario,
dentro de los cinco (5) días hábiles a contar desde la fecha de
notificación de la adjudicación, deberá constituir esta
garantía; si así no lo hiciere, la Municipalidad podrá dejarla
sin efecto y proceder a seleccionar otro de los proponentes
según el Art. 19º o convocar a un nuevo llamado, sin perjuicio
de aplicar al remiso la sanción prevista en el CAPITULO IX -
SANCIONES AL ADJUDICATARIO ART. 32 DEL PRESENTE PLIEGO De esta
obligación será exceptuado el adjudicatario que se comprometa
por escrito, ante la Municipalidad, a modificar su plazo de
entrega propuesto por otro único total y máximo de tres (3)
días hábiles. Art. 13º -
FORMAS DE GARANTIA: Las garantías referidas en los incisos a) y
b) del Art.12º, deberán constituirse en las siguientes formas: 1.- Con dinero en
efectivo, depositado en el Departamento Pagos de la
Municipalidad. 2.- Con
depósito, efectuado en el Banco de Santa Fe S.A. - Cta. Nº
9590/03 - Valores de Terceros-, a la orden de la Municipalidad. 3.- Con cheque
común certificado, librado a la orden de la Municipalidad, que
será remitido a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad,
para ser depositado en forma inmediata en la cuenta me->
tos por
quienes tengan el uso de la razón social o actúen con poderes
suficientes, o la persona de existencia física cuando
correspondiere. La fecha de vencimiento será a los ciento veinte
(120) días corridos a contarse desde la apertura de las
propuestas. 5.- Con Fianza
Bancaria a satisfacción de la Municipalidad, con vigencia hasta
la extinción de las obligaciones, o como mínimo ciento veinte
(120) días corridos conforme al inciso anterior. 6.- Con Póliza
de Seguro de Caución a favor de la Municipalidad, con igual
fecha de vigencia que la mencionada en el punto 5. 7.- Con la
afectación de créditos municipales,líquidos y exigibles a la
fecha de la apertura a favor del proponente, certificados por la
Municipalidad a través de la Dirección de Finanzas, con igual
vigencia que la mencionada en los puntos 5 y 6. 8.- En Títulos a
su valor nominal de la deuda Pública Nacional, bonos del tesoro
emitidos por el Estado Nacional, o cualquier otro valor Nacional
o Provincial cotizables en bolsa. Art. 14º -
INTERESES: Las garantías constituidas, cualquiera sea su clase y
forma, no devengarán intereses por ningún concepto. Art. 15º -
DEVOLUCION DE GARANTIAS: La garantía de oferta que resulte
aceptada será devuelta (si correspondiere), al entregar el
adjudicatario la garantía de cumplimiento de adjudicación,
condición necesaria para recibir la respectiva Orden de
Provisión o suscribir el contrato. Igualmente será devuelta a
los proponentes que no resulten adjudicatarios. La garantía de
cumplimiento de la adjudicación, será devuelta por la
Municipalidad una vez que el adjudicatario haya cumplido con
todas las obligaciones contraídas. Art. 16º -
PERDIDA DE LA GARANTIA: Los proponentes perderán las sumas
depositadas en concepto de garantía, sin perjuicio de las
mayores responsabilidades que les pudieran corresponder, sin
ninguna otra formalidad que la notificación respectiva, en los
siguientes casos: a) Si el
proponente retira su oferta en el Acto de Apertura o durante el
período de vigencia de sus obligaciones que el mismo formulara. b) Si resultare
adjudicatario, en los supuestos que no acepte la Orden de
Provisión o no suscriba el contrato pertinente, o que no
constituya la garantía de cumplimiento de adjudicación, sin
perjuicio deliso la sanción prevista en el CAPITULO IX -
SANCIONES AL ADJUDICATARIO ART. 32 DEL PRESENTE PLIEGO De esta
obligación será exceptuado el adjudicatario que se comprometa
por escrito, ante la Municipalidad, a modificar su plazo de
entrega propuesto por otro único total y máximo de tres (3)
días hábiles. Art. 13º -
FORMAS DE GARANTIA: Las garantías referidas en los incisos a) y
b) del Art.12º, deberán constituirse en las siguientes formas: 1.- Con dinero en
efectivo, depositado en el Departamento Pagos de la
Municipalidad. 2.- Con
depósito, efectuado en el Banco de Santa Fe S.A. - Cta. Nº
9590/03 - Valores de Terceros-, a la orden de la Municipalidad. 3.- Con cheque
común certificado, librado a la orden de la Municipalidad, que
será remitido a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad,
para ser depositado en forma inmediata en la cuenta me->
derecho de la Municipalidad de exigir coactivamente
su pago, o cuando habiendo ofrecido la entrega inmediata de lo
adjudicado a fin de no constituir la garantía de cumplimiento y
no cumplimente con la entrega en el tiempo y modo prometido. c) Si no cumple
los requerimientos que le formule la Municipalidad dentro de los
plazos que se fijen, con apercibimiento de aplicación de la
sanción que se regula en este artículo. d) En el supuesto
previsto en el punto 7 del Art.13º el crédito será reducido
automáticamente acorde con el monto de la garantía. 4.- CAPITULO
IV - ACTO DE APERTURA Art. 17º -
FORMALIDADES: En el día y hora fijados, en presencia de
funcionarios de la Municipalidad y de los interesados que
concurran al acto, se dará por finalizada la recepción de los
SOBRES, previo recuento de los mismos, anunciándose el número
de los recibidos. Inmediatamente se procederá a abrir los sobres
de presentación (SOBRE Nº 1), mencionando los documentos que
contiene; si no existiera la causal de rechazo especificada en el
Art. 12º inciso a) del presente Pliego, se procederá a abrir
las propuestas (SOBRE Nº 2) correspondientes, dándose lectura
en presencia de los concurrentes. F/font> Art. 15º -
DEVOLUCION DE GARANTIAS: La garantía de oferta que resulte
aceptada será devuelta (si correspondiere), al entregar el
adjudicatario la garantía de cumplimiento de adjudicación,
condición necesaria para recibir la respectiva Orden de
Provisión o suscribir el contrato. Igualmente será devuelta a
los proponentes que no resulten adjudicatarios. La garantía de
cumplimiento de la adjudicación, será devuelta por la
Municipalidad una vez que el adjudicatario haya cumplido con
todas las obligaciones contraídas. Art. 16º -
PERDIDA DE LA GARANTIA: Los proponentes perderán las sumas
depositadas en concepto de garantía, sin perjuicio de las
mayores responsabilidades que les pudieran corresponder, sin
ninguna otra formalidad que la notificación respectiva, en los
siguientes casos: a) Si el
proponente retira su oferta en el Acto de Apertura o durante el
período de vigencia de sus obligaciones que el mismo formulara. b) Si resultare
adjudicatario, en los supuestos que no acepte la Orden de
Provisión o no suscriba el contrato pertinente, o que no
constituya la garantía de cumplimiento de adjudicación, sin
perjuicio deliso la sanción prevista en el CAPITULO IX -
SANCIONES AL ADJUDICATARIO ART. 32 DEL PRESENTE PLIEGO De esta
obligación será exceptuado el adjudicatario que se comprometa
por escrito, ante la Municipalidad, a modificar su plazo de
entrega propuesto por otro único total y máximo de tres (3)
días hábiles. Art. 13º -
FORMAS DE GARANTIA: Las garantías referidas en los incisos a) y
b) del Art.12º, deberán constituirse en las siguientes formas: 1.- Con dinero en
efectivo, depositado en el Departamento Pagos de la
Municipalidad. 2.- Con
depósito, efectuado en el Banco de Santa Fe S.A. - Cta. Nº
9590/03 - Valores de Terceros-, a la orden de la Municipalidad. 3.- Con cheque
común certificado, librado a la orden de la Municipalidad, que
será remitido a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad,
para ser depositado en forma inmediata en la cuenta me->
inalizada la lectura, los
proponentes presentes o sus representantes debidamente
autorizados, podrán formular las observaciones que crean
necesarias, las que deberán ser concretas y concisas, ajustadas
a los hechos o documentos vinculados al ACTO DE APERTURA. No
serán aceptadas, bajo ningún concepto, observaciones y/o
aclaraciones respecto de la propuesta presentada o hacia las
restantes (SOBRE Nº 2), que quieran formularse (en forma verbal
o escrita), durante o luego de concluido el Acto de Apertura,
salvo que fueran solicitadas por la Municipalidad. El Acta podrá
ser firmada por los presentes que deseen hacerlo, debiéndose
aclarar la firma y el oferente por el cual han asistido. El examen legal,
técnico y económico de los documentos presentados en el sobre
Nº 1 y de la propuesta contenida en el sobre Nº 2, se
realizará con posterioridad al Acto de Apertura, en un todo de
acuerdo a lo establecido en el Art. 19º del presente. Ninguna
oferta podrá ser desestimada en el Acto de Apertura, salvo que
esté dada la causal de rechazo del art. 12º inc. a). Las que
sean observadas por omisiones u errores se agregarán al
expediente para ser analizadas por la autoridad competente, antes
de ser desestimadas. La Municipalidad
podrá disponer la prórroga de la fecha fijada para el Acto de
Apertura, publicándose tal situación. En este caso, se
repetirán las publicaciones realizadas (excepto la del Boletín
Oficial), además, serán notificados en forma fehaciente quienes
ya hubieren adquirido el Pliego; y los sobres presentados serán
reservados en la Municipalidad en la oficina de la Dirección de
Compras hasta la nueva fecha de apertura. Art. 18º -
IMPUGNACIONES: Las impugnaciones que se formulen a la apertura o
a la preadjudicación, podrán ser realizadas exclusivamente por
los proponentes, dentro de los dos días hábiles siguientes, por
escrito y presentadas en la oficina de Mesa de Entradas de la
Dirección de Compras. También se podrán realizar observaciones
entre el acto de apertura y la preadjudicación. 5.- CAPITULO V
- OFERTAS Art. 19º -
ADMISIBILIDAD: La Municipalidad, se reserva el derecho de aceptar
la propuesta, básica o alternativa, que a su juicio más
convenga a los intereses de la Administración o rechazarlas a
todas, en caso de alternativa se procederá conforme al Art.
11°. La circunstancia de presentarse una sola propuesta, no
impide ni obliga la adjudicación. Los proponentes que resultaren
adjudicatarios, por el solo hecho de la aceptación de su
propuesta quedan obligados a su cumplimiento, salvo que medie
causa imputable a la Municipalidad, o caso fortuito o fuerza
mayor. Para la adjudicación se tendrá en cuenta la oferta
evaluada como más baja en precio, solo en caso que esta no
cumpla con los requerimientos del pliego podrá ser eliminada. 19.1.- No serán
desestimadas las ofertas que contengan DEFECTOS DE FORMA, siempre
y cuando -a juicio de la Municipalidad- no impidan su exacta
comparación con las demás presentadas. En cualquiera de
las etapas del llamado, al detectarse datos faltantes,
documentación incompleta y/o errores, no sustanciales, podrá
solicitarse la cumplimentación y/o corrección de los mismos, en
un plazo perentorio de dos (2) días hábiles, bajo
apercibimiento de rechazo de la propuesta. Los proponentes
cotizarán sus precios por los bienes o servicios solicitados,
entregados o realizados en el lugar o la repartición municipal
que consigne la Orden de Provisión o contrato, ubicados en la
ciudad de ->
Santa Fe, corriendo por su cuenta flete, seguro y
demás gastos que pudieran originarse por el traslado de los
insumos. Los proponentes,
en su oferta económica, deberán cotizar, tanto los precios
unitarios, como los totales discriminando el I.V.A., haciendo
contar en cada caso el porcentaje que aplica como consecuencia
del gravamen antes citado. Las cotizaciones
deberán efectuarse en moneda nacional de uso corriente. Cuando la oferta
consigne porcentual de descuento, se entenderá que el mismo
corresponde a todos los item cotizados. Los proponentes
se obligan a mantener sus ofertas en todas sus condiciones por el
término de sesenta (60) días hábiles comprendidos a partir de
la fecha de apertura del acto. Transcurridos los mismos sin
haberse dispuesto la adjudicación, se considerará prorrogada la
oferta por veinte (20) días hábiles más, salvo manifestación
en contrario del oferente antes del vencimiento del plazo
original. En circunstancias
excepcionales, la Municipalidad podrá solicitar que los
proponentes extiendan el período de validez de sus ofertas,
realizándose la solicitud y respuestas por escrito. La garantía
de oferta también será prorrogada cuando corresponda. Art. 20º -
MEJORA DE OFERTAS: Si entre las propuestas presentadas y
admisibles hubiere dos o más igualmente ventajosas y
convenientes a criterio de la Municipalidad, se llamará a
mejorarlas en sobre cerrado exclusivamente entre esos
proponentes, señalándose al efecto día y hora para su
presentación. De no presentarse el/los oferente/s, quedará
firme la propuesta original y la Municipalidad decidirá conforme
al Art.19 del presente Pliego, sin derecho a reclamo alguno. Art. 21º -
MARCAS Y/O CARACTERISTICAS: Los proponentes consignarán la MARCA
y/o características de los bienes o servicios cotizados. Si este
requisito se omitiera, deberá cumplimentarse dentro del plazo
indicado por la Municipalidad, con apercibimiento de
desestimación de la propuesta. Art. 22º - Los
proponentes deberán cotizar todos y cada uno de los Items del
punto 1 del Pliego de Especificaciones técnicas " CÓMPUTO
Y PRESUPUESTO ". En el caso en que algún Item no esté
cotizado, dicha circunstancia será causa de rechazo de la
propuesta. 6.- CAPITULO
VI ADJUDICACION Art. 23º -
Previo a la notificación de la adjudicación, el organismo Sub
-Ejecutor, procederá a redactar un informe en el que conste el
análisis efectuado para ser elevado al Organismo Co
Ejecutor ( Secretaría de Desarrollo Social de la Nación ), para
su evaluación y posterior propuesta de adjudicación o con la
recomendación de declarar desierta la Licitación según
corresponda. Art. 24º -
NOTIFICACION: La Municipalidad notificará al proponente de la
adjudicación solicitándole la constitución de la garantía de
cumplimiento de adjudicación dentro de los cinco (5) días
hábiles a contar desde la fecha de notificación, plazo en el
cual deberá firmarse el contrato respectivo y que es condición
necesaria para la entrega de la Orden de Provisión. De igual
modo notificará a los no adjudicados, adjuntando copia de la
Resolución o Decreto correspondiente. Su no
constitución implicará la aplicación de lo dispuesto en el
art. 16º inc. b). 7.- CAPITULO
VII - ENT->
REGA Y RECEPCION Art. 25º -
FORMALIDADES: La entrega de los materiales que forman los
distintos items se realizará dentro de un plazo de setenta y dos
(72 ) horas a partir de haberse emitido el pedido por parte de la
Municipalidad. Los pedidos se realizarán de acuerdo al avance de
obra. El tiempo de obra está estimado en ocho (8) meses. Se
realizarán entregas parciales que se documentarán a los efectos
del pago via certificados. Los bienes,
objeto del llamado, se considerarán entregados únicamente
después de recepcionada (de total conformidad), por el personal
indicado a tal efecto, en el lugar establecido en la Orden de
Provisión emitida por la Dirección de Compras de la
Municipalidad, previa verificación de la cantidad
correspondiente, y la fecha en que tal hecho ha ocurrido. Los bienes o
servicios, serán entregados o realizados dentro del término
fijado en la propuesta aceptada, contándose éste, a partir de
la fecha de recepción de la Orden de Provisión respectiva por
el adjudicatario o según se indique en el contrato suscripto. En todos los
casos y salvo estipulación expresa en contrario, los transportes
son por cuenta y cargo del proveedor. La sola
recepción de lo entregado, no podrá ser invocada como
aceptación de la misma. La Municipalidad, no podrá ser obligada
al reconocimiento previo en calidad de lo recibido. La Municipalidad
de la ciudad de Santa Fe, no asume responsabilidad alguna por
cualquier exceso de entrega, aun cuando dicho excedente hubiere
sido recibido. Art. 26º -
DEFECTOS: Es condición que toda entrega de los bienes objeto del
llamado, la hará el adjudicatario bajo la aseveración que los
bienes están exentos de todo defecto aparente u oculto. En caso de que
todo o parte de los bienes o servicios entregados o realizados no
se ajustaran a las condiciones del llamado y sin perjuicio del
derecho a una reparación integral, la Municipalidad podrá optar
por: a) Exigir la
sustitución por otros, conforme a las condiciones de la Orden de
Provisión o contrato. b) Rechazar,
teniéndose por rescindida al respecto la Orden de Provisión o
el contrato, sin perjuicio del derecho a retener lo entregado o
lo realizado que se ajuste a lo pactado; procediendo, si
subsistiera la necesidad del Municipio, a adjudicar los bienes al
oferente que le sigue en orden de mérito de oferta más
conveniente o a iniciar un nuevo procedimiento de adjudicación
según corresponda. El proveedor
asume el compromiso de retirar los bienes rechazados, del lugar
que la Municipalidad le indique dentro de los cinco (5) días
hábiles de recibida la comunicación. Si no fueren retirados, a
los diez (10) días hábiles, la Municipalidad dispondrá su
venta en pública subasta con adecuada publicidad. El producido
se afectará a solventar ltución de la garantía de
cumplimiento de adjudicación dentro de los cinco (5) días
hábiles a contar desde la fecha de notificación, plazo en el
cual deberá firmarse el contrato respectivo y que es condición
necesaria para la entrega de la Orden de Provisión. De igual
modo notificará a los no adjudicados, adjuntando copia de la
Resolución o Decreto correspondiente. Su no
constitución implicará la aplicación de lo dispuesto en el
art. 16º inc. b). 7.- CAPITULO
VII - ENT->
os gastos de remate y publicidad, y el
saldo quedará a disposición del adjudicatario. 8.- CAPITULO
VIII - FORMAS DE CERTIFICACION Y PAGO Art. 27º -
CONSIDERACIONES: La presente Licitación cuenta con
financiamiento del B.I.D. a través del Contrato de Préstamo Nº
1118 OC/AR. La metodología de transferencia de fondos por parte
de la Dirección Nacional del Programa es la siguiente: 1.- Aprobación o
rechazo, según corresponda, por parte del B.I.D., de la
preadjudicación efectuada por el Sub- Ejecutor ( Municipalidad
de la Ciudad de Santa Fe ). 2.- En el caso de
ser aprobada la preadjudicación se remite la documentación al
Sub-Ejecutor ( Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe), el cual
procede a realizar el acto administrativo de adjudicación vía
Resolución . 3.- El Sub-
Ejecutor remite a la Dirección Nacional del Programa la
siguiente documentación: a- Resolución de
Adjudicación b-Listado de
Materiales por la totalidad correspondientes a las 100 viviendas.
La sola
recepción de lo entregado, no podrá ser invocada como
aceptación de la misma. La Municipalidad, no podrá ser obligada
al reconocimiento previo en calidad de lo recibido. La Municipalidad
de la ciudad de Santa Fe, no asume responsabilidad alguna por
cualquier exceso de entrega, aun cuando dicho excedente hubiere
sido recibido. Art. 26º -
DEFECTOS: Es condición que toda entrega de los bienes objeto del
llamado, la hará el adjudicatario bajo la aseveración que los
bienes están exentos de todo defecto aparente u oculto. En caso de que
todo o parte de los bienes o servicios entregados o realizados no
se ajustaran a las condiciones del llamado y sin perjuicio del
derecho a una reparación integral, la Municipalidad podrá optar
por: a) Exigir la
sustitución por otros, conforme a las condiciones de la Orden de
Provisión o contrato. b) Rechazar,
teniéndose por rescindida al respecto la Orden de Provisión o
el contrato, sin perjuicio del derecho a retener lo entregado o
lo realizado que se ajuste a lo pactado; procediendo, si
subsistiera la necesidad del Municipio, a adjudicar los bienes al
oferente que le sigue en orden de mérito de oferta más
conveniente o a iniciar un nuevo procedimiento de adjudicación
según corresponda. El proveedor
asume el compromiso de retirar los bienes rechazados, del lugar
que la Municipalidad le indique dentro de los cinco (5) días
hábiles de recibida la comunicación. Si no fueren retirados, a
los diez (10) días hábiles, la Municipalidad dispondrá su
venta en pública subasta con adecuada publicidad. El producido
se afectará a solventar ltución de la garantía de
cumplimiento de adjudicación dentro de los cinco (5) días
hábiles a contar desde la fecha de notificación, plazo en el
cual deberá firmarse el contrato respectivo y que es condición
necesaria para la entrega de la Orden de Provisión. De igual
modo notificará a los no adjudicados, adjuntando copia de la
Resolución o Decreto correspondiente. Su no
constitución implicará la aplicación de lo dispuesto en el
art. 16º inc. b). 7.- CAPITULO
VII - ENT->
0080" size="2" face="Tahoma">c- Solicitud de
desembolso del veinte (20%) por ciento del monto total en
concepto de anticipo. 4- La Dirección
Nacional del Programa remitirá al Sub- Ejecutor a la cuenta Nº
10308/03 habilitada en el Banco de la Nación Argentina
sucursal Santa Fe el anticipo del veinte (20%) por ciento antes
mencionado. 5- Verificado el
depósito en la cuenta antes dicha se procederá a la
notificación según lo establecido en CAPÍTULO VI
ADJUDICACIÓN. ART.24. 6- Con un avance
del ochenta (80 %) por ciento de las obras ejecutadas, el Sub-
Ejecutor informará al Co- Ejecutor a efectos que el mismo
proceda a la Inspección de ellas y lo brinde ó no su
conformidad. 7- Dada la
conformidad el Sub-Ejecutor solicitará a la Dirección Nacional
del Programa un nuevo desembolso. Se procederá de la misma
manera hasta la conclusión del programa. Art. 28º - PAGO
DE LOS CERTIFICADOS: Una vez recibidos los certificados por la
repartición correspondiente, la Municipalidad pagará los
certificados dentro de los cinco (5) días de ingresado a la
Dirección de Finanzas, dependiente de la Secretaría de
Hacienda, o el primer día hábil siguiente. Art. 29°-
Certificados: Los materiales proveídos se aprobarán
mensualmente por medio del "Certificado de Materiales
Entregados". El mismo reflejará el volumen de materiales
movidos en el mes.Todos los certificados parciales tienen
carácter provisional para pago a cuenta. Art. 30°-
Confección y trámite de los certificados: El Contratista
confeccionará mensualmente, en original y cuatro copias, el
"Certificado de Materiales Entregados" en el mes
anterior, presentándolo en la Mesa General de Entradas y Archivo
de la Municipalidad, hasta el día diez (10) del mes siguiente a
la provisión de materiales o primer día hábil siguiente. La Dirección
dispondrá hasta el día quince (15) del mismo mes o primer día
hábil siguiente para aprobar u observar el certificado,
notificando al Contratista. En caso de observaciones el
Contratista deberá presentar el nuevo certificado dentro de los
tres (3) días hábiles administrativos posteriores a la
notificación. Si así no lo hiciera la Dirección dispondrá su
confección de oficio, teniendo plazo, en este caso, hasta el
último día hábil del mes siguiente al que se ejecutaron los
trabajos. En cualquier
caso, la Dirección enviará a la Secretaría los certificados
para su tramitación. Art. 31º - MORA
EN EL PAGO: La mora en que incurriere la Municipalidad, imputable
a la misma, dará al adjudicatario el derecho a reclamar como
única y exclusiva compensación intereses que se calcularán en
función de la capitalización de la tasa diaria equivalente a la
tasa de interés de caja de ahorros común -según la encuesta
que realiza el Banco Central de la República Argentina,
corregida por la exigencia de efectivo mínimo, debiéndose
utilizar la variación habida en la serie estadística vinculada
denominada "Serie de tasa de interés corregida de caja de
ahorros común" del punto dos (2) de la Comunicación
"A" 1828 del Banco Central de la República Argentina,
entre el día de vencimiento de la obligación y el día en que
se hubiere pagado la misma. 9.- CAPITULO
IX - SANCIONES AL ADJUDICATARIO Art. 32º -
INCUMPLIMIENTO: Cualquier incumplimiento a las ->
normas del
presente pliego, cuya gravedad evaluará la Municipalidad,
implicará la pérdida del depósito de garantía de cumplimiento
constituido conforme al Art.13º. Además la Municipalidad podrá
disponer la exclusión del Registro de Proveedores por un
término de seis (6) meses o en forma definitiva si fuese
reincidente. Sin perjuicio de
la aplicación de lo dispuesto en el párrafo precedente y del
derecho a obtener una reparación integral de daños, en los
supuestos que se detallan a continuación, la MUNICIPALIDAD
podrá: 1.- Ante la
entrega tardía de todo o parte de los bienes o servicios
adjudicados: a) Receptar
igual, aplicando al adjudicatario una penalidad del dos por
ciento (2%) del precio de dichos bienes o servicios por cada
cinco (5) días hábiles de retraso o fracción mayor de dos (2)
días hábiles. b) Declarar
rescindida la contratación, según las circunstancias del caso y
las conveniencias del Municipio, previa notificación al
incumpliente, procediendo si subsiste la necesidad del Municipio
a adjudicar la provisión de los bienes o prestación de los
servicios al oferente que le sigue en orden de mérito de oferta
más conveniente o a iniciar un nuevo llamado, según
corresponda. 2.- Ante la falta
de entrega: a) Declarar rescindida la adjudicación previa
intimación al adjudicatario, que se hará pasible de una multa
que oscilará entre un cinco por ciento (5%) y un quince por
ciento (15%) del monto total adjudicado. Su imposición y
graduación será resuelta por la Administración atendiendo a
las circunstancia de cada caso en particular y/o a los
antecedentes u observaciones que obren en el Registro de
Proveedores Municipales. En caso que subsista la necesidad de
contratación, se procederá conforme a lo dispuesto en el
último párrafo del apartado 1.b) del Art.32º de este Pliego. 3. - El
incumplimiento de los requerimientos efectuados por la
administración al proponente, lo que denota falta de
colaboración, y, cualquier sanción que se aplique a quien
resulte adjudicatario, por incumplimiento a las obligaciones
contraídas, serán comunicados al Registro de Proveedores de la
Municipalidad, y cualquiera de los supuestos mencionados
(incumplimiento a requerimientos u obligaciones) será
considerado como antencedente negativo en posteriores procesos
selectivos del contratante. |